MALTRATAR A UN ANIMAL EN ANDALUCÍA, YA ES DELITO
Llevábamos muchos años esperando algo así, hace ya tiempo
que lo tenemos, pero es ahora deber del ciudadano hacer que se cumpla, y es ahí
donde empiezan los problemas.
Muchas veces por desconocimiento, otras por miedo e
incluso desinterés, tanto el ciudadano de a pie como el que está directamente
relacionado con el mundo animal, no se implica lo suficiente ante la visión o
conocimiento de un maltrato, con este artículo queremos concienciar o, al
menos, guiar sobre los pasos que se deben seguir en el caso supuesto de que
alguien, a quien pese más su conciencia que su cobardía, quiera implicarse.
MULTAS DE HASTA 30.000 EUROS
En primer lugar, hay que tener conocimiento de cuándo
podemos actuar y cuándo no. Antes de ponernos en contacto con el organismo
pertinente, debemos saber que la ley recoge como infracciones muy graves:
a) El maltrato de animales que les cause invalidez o muerte.
b) El abandono de animales.
c) Mutilaciones estéticas (corte de orejas, cola en los caballos, etc.).
d) Depositar alimentos envenenados.
e) Uso de animales en fiestas en los que éstos puedan ser objeto de daños o
sufrimiento…
Éstos son sólo algunos ejemplos del
Artículo 38 de la extensa ley, que recoge las infracciones muy graves con sus
correspondientes sanciones y multas, que variarán desde la prohibición de
tenencia de animales, clausuras de centros hípicos u otros establecimientos
relacionados con el mundo animal y multas desde 2.001 euros como mínima hasta
30.000 euros.
También recoge infracciones graves y que,
por desgracia, muchas de ellas pasan a nuestro alrededor como modo común de
actuación, tales como:
a) Maltrato que cause dolor o sufrimiento sin llegar a ser invalidantes.
b) No mantener a los animales en buenas condiciones higiénico-sanitarias.
c) Imponer un trabajo que supere la capacidad de un animal, o trabajar
animales enfermos o fatigados (actividades muy comunes en llamados centros de
equitación).
Baste decir que, en la actualidad, para
este tipo de sanciones la ley aplicará multas de hasta 2.000 euros por sanción,
retirada de los animales, suspensión de autorizaciones, etc.
QUÉ HACER ANTE UN MALTRATO:
Ante todo, no callarnos. Para las personas
de buen corazón, mirar a otro lado, no es suficiente. En estos días en que
tanto se apela por un futuro mejor, ya es hora de que nuestros hijos nos vean
actuar, valga la frase “predicar con el ejemplo”. Por desgracia, esta nueva
ley, es tan nueva para nosotros como para los estamentos públicos encargados de
hacerla cumplir. Pero si todos trabajamos con buena voluntad, creemos que el
lema de nuestra Asociación llegará a hacerse realidad: “PARA QUE ALGÚN DÍA LO EXTRAÑO
SEA NO DENUNCIAR”.
Si queremos actuar, debemos estar muy
seguros de que el delito o la falta es real y no que simplemente el modo de
actuación de alguien no coincida con nuestros gustos o forma de pensar. De esta
manera, molestaremos lo menos posible a la Policía y, cuando realmente la
necesitemos, ellos nos apoyarán totalmente.
Nuestra Asociación está a disposición de
los ciudadanos para cualquier duda ante una causa de maltrato.
El primer paso formal es poner el hecho en
conocimiento de la Guardia Civil, Servicio de Protección a la Naturaleza,
Policía Nacional o Local, cualquiera de estos estamentos recogerá la denuncia y
deberemos aportar la mayor cantidad de datos posible tales como dirección
exacta, hechos ocurridos, y a ser posible nombres y apellidos del infractor (si
además disponemos de los medios necesarios, lo ideal es aportar fotos y/o un
informe veterinario). La ley establece como obligatorio que: ”LOS FACULTATIVOS
VETERINARIOS en el ejercicio libre de la profesión o por cuenta ajena DEBEN
PONER EN CONOCIMIENTO DE LA AUTORIDAD COMPETENTE aquellos hechos que pudieran
constituir cualquier INCUMPLIMIENTO DE LA PRESENTE LEY”, pudiendo ser
sancionados ellos mismos en el caso de incumplir con sus obligaciones.
Si queremos, podemos comunicar a las
autoridades que, por miedo o razones personales, no deseamos vernos envueltos,
y ellos actuarán en consecuencia. La Policía se encargará de estudiar el caso
y, si tienen pruebas suficientes, tomarán las medidas necesarias.
Si queremos realizar una denuncia en firme
y estamos dispuestos a dar la cara, porque nuestra integridad nos lleva a ello,
deberemos acudir a un juzgado (de paz, instrucción, etc.) y ejercer una
acusación particular (si estamos involucrados) o popular (si no lo estamos),
como nota, hay que decir que los testigos que pudiéramos tener del hecho no
podrán negarse en ningún caso al ser citados judicialmente, por lo tanto, no tengamos
miedo de reclamar la ayuda de otras personas que hayan presenciado el hecho.
De esta segunda forma, sí estamos seguros
de que se tomarán las medidas oportunas, pero, para ello, debemos involucrarnos
y ser los pioneros de ese futuro en que no denunciar un maltrato será visto
como algo totalmente imposible y que, precisamente por ello, la cantidad de
maltratos en España llegará a quedar reducida a la nada, si Dios quiere.